| ORGANIZACIÓN Regulado el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, por el Real
Decreto 246/1991, con indicación de las funciones atribuidas y espacio marítimo donde
llevarlas a efecto, se procedió por la Dirección General del Cuerpo a dotarlo
provisionalmente y con carácter experimental, de una estructura orgánica que permitiera
afrontarlas con la necesaria idoneidad. Se constituyó como un Servicio Operativo
dependiente de la Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva, estructurándose en un
Órgano Central (Jefatura del Servicio), y una Organización Periférica (Servicios
Marítimos Provinciales).
La dependencia de los Servicios Marítimos Provinciales, que inicialmente lo
habían sido orgánica, técnica y funcional, de la Jefatura del Servicio Marítimo, ha
sido modificada recientemente por Orden General de fecha 20 de noviembre de 1997, con la
finalidad de incrementar su operatividad, pasando a depender orgánica y funcionalmente de
las Unidades Territoriales en cuya demarcación están ubicados. |
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Si bien en la actualidad
mantiene las funciones inicialmente atribuidas, la reciente publicación de la Orden
Ministerial de 6 de junio de 1997, por la que se determinan las funciones de los órganos
de la Dirección General de la Guardia Civil, introduce una ampliación cualitativa y
cuantitativa en las mismas, al extenderlas en su desempeño a las aguas continentales,
incluyendo las actividades subacuáticas, las que hasta la fecha tenían un tratamiento
específico a través del desaparecido Servicio de Actividades Subacuáticas.
La asunción de nuevas funciones con la integración en el Servicio de los
Grupos de Actividades Subacuáticas, en un momento en que se procede a dotar al Cuerpo de
una nueva organización periférica, al hacerse coincidir la demarcación territorial de
las Zonas con las correspondientes Comunidades Autónomas, y determinarse que las Zonas
son las Unidades de mando, coordinación e inspección de todos los Servicios de la
Dirección General de la Guardia Civil existentes en el ámbito territorial de cada uno de
ellas, |
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parece aconsejar que ha llegado el
momento de dotar al Servicio Marítimo de una organización definitiva que sustituya a la
actualmente provisional, la que se encuentra en fase de estudio. DEL PERSONAL
Los componentes del Servicio Marítimo de la Guardia
Civil, incluidos en las dos Especialidades que lo conforman (Actividades Marítimas y
Actividades Subacuáticas), constituyen dentro del Cuerpo un conjunto humano, altamente
cualificado, fruto de un permanente y riguroso proceso de selección, que ha permitido
acceder a las mismas el personal más idóneo.
Sirva como dato orientativo de la ilusión que anida entre el personal del
Cuerpo por formar parte de ester Servicio, que en la última convocatoria (1997) para
adquirir las titulaciones correspondientes a: Patrones (50), Marineros (30) y
Mecánicos-Marineros (60), se presentaron un número de instancias próximas a 4.000.
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