TITULACIONES NÁUTICAS

AUTORIZACIÓN FEDERATIVA (TITULÍN)

Embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora con una potencia máxima de 40 kw (55CV), pero sólo para navegación diurna y por la Capitanía Marítima que, en ningún caso, podrá superar la estipulada en el título de Patrón de Navegación Básica.
Condiciones:
1.Aprobar el examen correspondiente a navegación diurna en las áreas delimitadas por la Capitania Marítima no superior a la establecida por el título de Patrón de Navegación Básica.

PATRÓN DE VELA

Embarcaciones a vela.
Condiciones
1.Poseer las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, deberán realizar otras específicas en barco de vela (cuatro salidas).
2.Estas prácticas se realizarán una sola vez para cualquiera de los títulos superiores.

PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA

Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora, si son de vela, y hasta 6 metros si son de motor, con al potencia de motor adecuado a la misma, en el cual la embarcación, no se aleje más de 4 millas, en cualquier dirección, de un abrigo o playa accesible.
Condiciones
1.Aprobar el examen teórico correspondiente.
2.Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación (una salida a motor y una salida a vela -opcional-).

PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO

Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de eslora y potencia de motor adecuada para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario.
Condiciones
1.Aprobar el examen teórico correspondiente.
2.Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación (tres salidas).

PATRÓN DE YATE

Gobierno de embarcaciones de recreo a motor y vela hasta 20 metros de eslora y una potencia de motor adecuada para la navegación que se efectué en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma, trazada a 60 millas.

Condiciones
1.Estar en posesión del título de Patrón de Embarcación de Recreo.
2.Aprobar el examen teórico correspondiente.
3.Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las práctica básicas de seguridad y de navegación (cuatro salidas).

CAPITÁN DE YATE

Embarcaciones de recreo a motor o motor y vela para navegación sin límite alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación.
Sin embargo, las que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de seguridad específicamente establecida para ellas.
Condiciones
1.Estar en posesión del Título de Patrón de Yate.
2.Aprobar el examen teórico correspondiente.
3.Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación (cinco salidas).